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Las ayudas van destinadas a la realización de proyectos de empleo con apoyo en centros de trabajo domiciliados en la Comunitat Valenciana, como medida de integración laboral de las personas con discapacidad en el sistema ordinario de trabajo.
Por empleo con apoyo se entiende el conjunto de acciones de orientación y acompañamiento individualizado en el puesto de trabajo que prestan preparadores laborales especializados, para facilitar la adaptación social y laboral de los trabajadores con discapacidad que afrontan especiales dificultades de inserción laboral en empresas del mercado ordinario de trabajo bajo condiciones similares al resto de los trabajadores que desempeñan puestos equivalentes.
Beneficiarios
Como PROMOTORAS de proyectos de empleo con apoyo, podrán ser beneficiarias de las subvenciones las siguientes entidades:
1. Las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que suscriban convenios de colaboración con empresas que contraten a trabajadores con discapacidad a los que prestarán apoyo, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
a) Tener por objeto social, entre otros, la inserción laboral o la creación de empleo a favor de personas con discapacidad. b) Contar en su plantilla con preparadores laborales especializados o comprometerse a incorporarlos. c) Disponer de los recursos materiales necesarios que garanticen un desarrollo idóneo de los programas de empleo con apoyo. d) Tener experiencia acreditada en el desarrollo de programas de integración laboral de personas con discapacidad. e) Desarrollar las actividades de empleo con apoyo de modo gratuito, sin que quepa el cobro o el percibo de ningún tipo de cantidad o tarifa a trabajadores o empresarios.
2. Los centros especiales de empleo, calificados e inscritos como tales en el Registro Administrativo de Centros Especiales de Empleo de la Comunitat Valenciana, que suscriban convenios de colaboración con empresas que contraten a trabajadores con discapacidad procedentes de la plantilla del mismo centro o de otros centros especiales de empleo, siempre que cumplan los requisitos.
3. Las empresas del mercado ordinario de trabajo con domicilio en la Comunitat Valenciana, incluidos los trabajadores autónomos, que contraten a trabajadores con discapacidad beneficiarios de las acciones de apoyo, siempre que cumplan los requisitos.
En calidad de EMPLEADORAS: Las empresas, cualesquiera que sea su forma jurídica, las personas físicas y las entidades privadas sin ánimo de lucro, con ámbito de actuación en la Comunitat Valenciana, que concierten los contratos subvencionables para su ejecución exclusiva en centros de trabajo radicados en dicha Comunitat.
Cuantía de la ayuda
Las subvenciones se destinarán a financiar costes laborales y de seguridad social que se generen durante el periodo de desarrollo del proyecto de empleo con apoyo, derivados de la contratación de los preparadores laborales por las entidades promotoras de empleo con apoyo. Dicha contratación se podrá haber realizado tanto durante el desarrollo del proyecto como con anterioridad al inicio del mismo.
La cuantía de dichas subvenciones se establece en función del número, tipo y grado de discapacidad de los trabajadores destinatarios de las acciones de empleo con apoyo, correspondiendo:
a) 6.600 euros anuales por cada trabajador con parálisis cerebral, con enfermedad mental o con discapacidad intelectual, con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 65 %. b) 4.000 euros anuales por cada trabajador con parálisis cerebral, con enfermedad mental o con discapacidad intelectual, con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33 % e inferior al 65 %. c) 2.500 euros anuales por cada trabajador con discapacidad física o sensorial con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 65 %, o de un 33% en el caso de personas sordas y con discapacidad auditiva.
Estas subvenciones se reducirán proporcionalmente en función de la duración del contrato de cada trabajador con discapacidad así como en función de su jornada en el supuesto de que el contrato sea a tiempo parcial; asimismo se reducirán en proporción al porcentaje de la jornada del preparador laboral imputable al proyecto. |